A- de 2018
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Juan Jose Portella Vidal·Demandado Nueva E.P.S.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis
- Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Villavicencio y el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías para Adolescentes de la misma ciudad.
Las autoridades en controversia argumentaron su incompetencia a partir de la interpretación de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015 y modificadas por el Decreto 1983 de 2017.
Con dicha actuación otorgaron un alcance inexistente a las disposiciones contenidas en dichos instrumentos jurídicos, las cuales, lejos de integrar mandatos procesales en materia de competencia son apenas pautas de reparto.
Considera la Corte que el juzgado competente para resolver la acción de tutela es a quien primero le fue repartida la misma, esto es, al Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado.
No obstante lo anterior, previo a que la otra autoridad declarara su incompetencia, avocó conocimiento del asunto y le dio trámite a la solicitud de amparo.
Con dicha actuación se activó el principio de la perpetuatio jurisdictionis.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías para Adolescentes de Villavicencio, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a los dos despachos judiciales para que en lo sucesivo se abstengan de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 20 de junio de 2018 por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias para Adolescentes de Villavicencio, dentro de la accion de tutela formulada por Juan Jose Portella Vidal contra la Nueva E.P.S.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3429 al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias para Adolescentes de Villavicencio, para que de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado de Villavicencio y al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias para Adolescentes de Villavicencio que en lo sucesivo se abstengan de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte demandante y al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado de Villavicencio.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.